Los 8 millones de israelíes; judíos, musulmanes, cristianos, etc, tenemos el derecho a la seguridad, sabiendo que regresaremos vivos a nuestros hogares, con nuestras familias, después de una jordana laboral, del colegio o la universidad o de una discoteca o una pizzería con nuestros amigos.
El Tribunal Internacional de Justicia sólo puede emitir resoluciones no vinculantes, a no ser que dos países (o sea, las partes implicadas) le pidan decidir.
El Tribunal no tiene jurisprudencia en la región y su opinión no es vinculante, ya que para ser legítima la acción de dicho Tribunal debe de ser reconocida por las partes del conflicto, e Israel no lo reconoció ya que el recurso viola las reglas de los Acuerdos de Oslo, que exigen a las partes disputadas que resuelvan los conflictos entre ella (Israel y palestinos).
La resolución al emitir su opinión, además, no incluyó ninguna mención al terrorismo palestino, como los ataques suicidas sufridos por Israel, razón por la cual de construyó la Valla de Defensa.
Por añadir otro dato con respecto a la Corte internacional de Justicia, esta es la definición que se dan a sí mismos:
«La Corte Internacional de Justicia es el órgano judicial principal de la Organización de las Naciones Unidas. Está encargada de decidir conforme al Derecho Internacional las controversias de orden jurídico entre Estados y de emitir opiniones consultivas respecto a cuestiones jurídicas que pueden serle sometidas por órganos o instituciones especializadas de la ONU».
23 de junio.
Tal día como hoy se consiguió que algo tan seguro en Europa como subir a un autobús, fuese para los israelíes igualmente seguro.
Yom Shení 25 de Sivan de 5774
Lunes 23 de junio de 2014
0 comentarios